La OMIC desarrolla campañas de información y folletos para aclarar dudas sobre las nuevas Hojas de Quejas y Reclamaciones

 220829 OMIC

La delegada municipal de Consumo, Laura Almisas, ha realizado una primera valoración de las actuaciones que está llevando a cabo la OMIC en estos estos primeros meses desde la entrada en vigor del nuevo decreto de las Hojas de Quejas y Reclamaciones aprobado por la Junta de Andalucía.
Tal y como ha explicado Almisas, la Oficina Municipal de Información al Consumidor ha puesto en marcha una campaña informativa y se han elaborado varios folletos para dar a conocer tanto a los ciudadanos como a las empresa y comercios de la localidad, las nuevas funciones de la OMIC y el procedimiento que deben de seguir tanto los consumidores como los empresarios, a la hora de solicitar las hojas de quejas y reclamaciones.
A este respecto la delegada de Consumo ha querido aclarar algunas de las dudas que se están planteando ante la OMIC por parte de algunos ciudadanos con respecto al nuevo Decreto, en relación a qué organismo es el competente para la tramitación de las hojas de quejas y reclamaciones.
En este sentido Laura Almisas manifestó que conforme a lo establecido en el artículo 16 del citado Decreto, se ha establecido que será la OMIC de mayor cercanía a la persona reclamante la que se encargará de tramitar su queja o reclamación.
De esta manera, siempre que haya una Oficina Municipal de Información al Consumidor en un municipio donde resida habitualmente la persona consumidora y usuaria, será ésta la competente para tramitar la reclamación, evitando la tramitación de reclamaciones de ciudadanos de otras ciudades o localidades y de Comunidades Autónomas distintas a la Andaluza. En aquellas localidades que no existan OMIC, serán las Delegaciones Territoriales o Provinciales de Salud y Consumo las que se encarguen de tramitar las reclamaciones.
Laura Almisas ha querido poner de manifiesto que desde la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Rota se seguirá informando y asesorando a las personas consumidoras y usuarios sobre sus derechos, residan o no en nuestra localidad, pero que para presentar su reclamación, primero deberán presentar la misma ante la empresa o el establecimiento reclamado, y si en el plazo de 10 días hábiles a la recepción de la misma no reciben ninguna respuesta o no están conforme con las alegaciones presentadas, deberán entregar la hoja de quejas y reclamación en la OMIC de su localidad donde residen habitualmente.
Con respecto a las quejas que se están recibiendo por parte de algunos ciudadanos ante la OMIC sobre la denegación o no tenencia de las Hojas de quejas y reclamaciones, la delegada de Consumo ha indicado que la entrega del Libro de hojas de quejas y reclamaciones al consumidor por parte de los establecimientos es obligatoria, inmediata y gratuita, aunque la parte reclamada no haya llegado a realizar ninguna compra ni la contratación de servicios alguno.
Además, ha subrayado que a partir de la entrada en vigor del citado Decreto, los consumidores y usuarios podrá llevarse las hojas de quejas y reclamaciones fuera del establecimiento comercial, para rellenarla en su domicilio. Así, en aquellos casos en que la empresa se negara a facilitar la hoja de quejas y reclamaciones, la persona que desee reclamar podrá seguir solicitando la presencia de las fuerzas y cuerpos de seguridad, a fin de que hagan constar la negativa, acusar recibo, recibir las hojas de quejas y reclamaciones, la inexistencia de éstas o la negativa a la posibilidad de cumplimentarlas fuera del establecimiento.
Por último, la delegada de Consumo ha animado a todos los ciudadanos que deseen o necesiten resolver cualquier duda al respecto a la aplicación de este nuevo Decreto, a acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Rota, ubicada en la planta baja del Edificio García Sánchez en la Plaza de España, donde le informarán ampliamente.

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