PLENO
El Pleno está integrado por todas las personas titulares de Concejalías de la Corporación y es presidido por el Alcalde. Los concejales son elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto.
El Pleno ejercerá las competencias relacionadas en el artículo 22 de la Ley de Bases de Régimen Local.
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JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
La Junta de Gobierno Local está integrada por el Alcalde, que la preside, y por los Concejales nombrados libremente por tal persona.
La principal función de la Junta de Gobierno Local es la asistencia al Alcalde en el ejercicio de sus funciones. Esta función no es delegable.