La campaña municipal de adecentamiento y pintado de fachadas y solares comenzará tras la Semana Santa

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ℹ️📌Del 10 de abril al 31 de mayo, el Consistorio bonificará en un 100% las tasas de ocupación de vía pública y en un 95% las de licencia, cuando éstas sean necesarias.
📌El alcalde de Rota, José Javier Ruiz Arana, ha editado un bando para facilitar a los vecinos las labores de adecentamiento y blanqueo de las fachadas, así como de acondicionamiento de solares.
A fin de que nuestra ciudad luzca su mejor imagen y seguir así apostando por el sector turíst1ico y con ello fomentar la actividad económica local y la creación de empleo estable, el Ayuntamiento trabaja de manera constante en la puesta en marcha de medidas encaminadas a conseguir una ciudad limpia y bien cuidada, en la que sus edificios presenten unas condiciones de salubridad y estética adecuadas, siendo fundamental la colaboración de todos los ciudadanos.
Por ello, a través de este bando se requiere a los propietarios de fincas y comunidades de propietarios para que lleven a cabo al blanqueo de sus fachadas, adecentamiento de las mismas (pintado, limpieza de fachada, resanado o similares), pintado de ventanas, cierros y balcones y limpieza y acondicionamiento de solares, a fin de que se mantenga el concepto que esta ciudad merece tanto al visitante como a los ciudadanos por la limpieza de sus edificios.
Según lo expuesto y de conformidad con el artículo 144 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, el Ayuntamiento inicia una campaña que dará comienzo el próximo día 1 de abril y finalizará el 31 de mayo del presente año, ambos inclusive.
Durante ese periodo, los vecinos podrán solicitar las oportunas licencias para las labores citadas anteriormente, mediante la correspondiente solicitud de obra menor o presentación de Declaración Responsable de Obra Menor, según el caso, bonificándose un 95 % las tasas por el otorgamiento de licencias (Ordenanza Fiscal 2.4) e íntegramente por ocupación de vía pública (Ordenanza Fiscal 2.22).
Será requisito indispensable para aplicar dicha bonificación, que lo propietarios interesados en acogerse al presente bando soliciten dichas obras dentro del periodo anteriormente indicado, para lo cual, podrán presentar el impreso correspondiente en la Oficina de Atención al Ciudadano (Plaza de España, 1ª planta) y publicado en la web municipal: www.aytorota.es.
Se deberán observar las medidas de seguridad necesarias para que los trabajos que se realicen no ofrezcan peligro alguno, ni para los trabajadores ni para los usuarios de la vía pública. En el caso de que se deba cortar la calle al tráfico, ocupar la vía pública o reserva de espacio, deberá ser solicitado en el Ayuntamiento con un mínimo de 24 h de antelación al comienzo de los trabajos, debiendo ajustarse a las normas y criterios expuestos en los modelos de solicitud.
Se recuerda que dentro de la delimitación del Conjunto Histórico, las fachadas deberán estar pintadas en tonos blancos (según art. 2.10 del Catálogo del PGOU). Asimismo, se advierte que el presente bando no ampara obras que impliquen la alteración de los elementos que componen la fachada (huecos, cornisas, vuelos, etc.).
Pasado el mencionado plazo, este Ayuntamiento podrá ejercer las facultades que le otorga la ley, pudiendo en su caso dictar órdenes de ejecución a los propietarios de inmuebles para el blanqueo y adecentamiento de sus fachadas y solares.
Desde la Alcaldía se agradece de antemano la indudable colaboración ciudadana, confiando asimismo en el cumplimiento de cuanto aquí se dispone.

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