Rota será uno de los primeros municipios gaditanos en ofrecer el servicio de Audiencias de Consumo por videoconferencia

 

#CONSUMO 👉  📌 De esta forma se evitarán desplazamientos de los vecinos que requieran este servicio
El pasado viernes 6 de noviembre, finalizaron con éxito las pruebas que la Delegación de Atención al Consumidor del Ayuntamiento de Rota ha llevado a cabo a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) para la implantación de las Audiencias de Consumo por Videoconferencia. Todo ello en colaboración con la Junta Arbitral Provincial de Consumo de la Diputación de Cádiz y la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía.
Así, según ha informado la delegada de Consumo, Laura Almisas, está previsto que este servicio por videoconferencia entre en vigor a partir de enero del próximo año, siendo Rota uno de los primeros Ayuntamientos de la provincia de Cádiz en poner en marcha esta iniciativa.
De esta forma, el Ayuntamiento de Rota seguirá apostando por el Sistema Arbitral de Consumo, para que a través de la mediación y el arbitraje las personas consumidoras y usuarias y los empresarios, comerciantes y profesionales de nuestra localidad, puedan resolver sus conflictos en materia de consumo a través de este sistema extrajudicial.
Con la implantación de las Audiencias de Consumo por Videoconferencia se evitarán los desplazamientos de los consumidores y comerciantes de nuestra localidad a Sevilla o a Cádiz para asistir a la celebración de las audiencias arbitrales, o que los miembros del Colegio Arbitral se tengan que desplazar hasta nuestra localidad para asistir a estas audiencias, algunas de las cuales se venían celebrando en el Palacio Municipal Castillo de Luna.
Desde que el Ayuntamiento de Rota firmara el convenio de colaboración con la Junta Arbitral Provincial de la Diputación de Cádiz la Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Rota, ha tramitado más de 900 solicitud de arbitraje.
Y en este mismo año, ha tramitado 41 solicitudes de arbitraje, de las cuales 23 fueron remitidas a la Junta Arbitral Provincial de Consumo y las 18 restantes a la Junta Arbitral Regional de Consumo de Sevilla.
FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDIENCIAS DE CONSUMO POR VIDEOCONFERENCIA
A partir de ahora los consumidores y usuarios de Rota podrán participar en las Audiencias desde sus propios domicilios, siempre que dispongan de un ordenador personal, un teléfono móvil o una tablet con conexión a Internet. Para ello deberán solicitarlo previamente a la Junta Arbitral de Consumo que en esos momentos esté tramitado su solicitud de arbitraje a través del correo electrónico o ponerlo en conocimiento de la OMIC para que realice la petición.
Cuando el reclamante reciba la citación para asistir a la audiencia, la Junta Arbitral de Consumo le facilitará un enlace al que deberá acceder el día y la hora indicada en dicha citación para poder conectarse al sistema por videoconferencia.
Las personas mayores o las que no dispongan de ningún medio para realizar la videoconferencia, podrán solicitar la ayuda y el asesoramiento a través de la OMIC, la cual podrá a disposición de los ciudadanos que así lo soliciten, sus instalaciones y el equipo informático necesario.
Desde la Delegación de Consumo se anima a consumidores y usuarios de nuestra localidad y a los comerciantes, empresarios y profesionales de nuestra localidad a utilizar esta herramienta y resuelvan sus conflictos en materia de consumo de forma amistosa a través del Arbitraje de Consumo sin tener que acudir a los Tribunales de Justicia.
Cabe recordar que el Arbitraje de Consumo presenta una serie de características muy importantes tanto para los comerciantes como para sus clientes destacando entre las que se encuentran:
- Voluntariedad por ambas partes, consumidores y empresarios.
- Vinculante: una vez que las partes aceptan acudir a esta vía para resolver el conflicto se comprometen a cumplir la solución que dicte el órgano arbitral.
- Rapidez: los plazos para la resolución de los conflictos son menores que los de los Tribunales.
- Eficacia: se resuelve mediante un laudo o resolución sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria.
- Economía: el sistema es gratuito para las partes, que deben costear sólo en determinados supuestos la práctica de peritajes. La Administración es quien asume el gasto del pago de los árbitros, funcionarios y medios técnicos y materiales que dan soporte al Arbitraje de Consumo.
- Ejecutividad: los laudos que dictan los órganos arbitrales son de cumplimiento obligatorio para las partes y, si una no cumple, la otra podrá instar la ejecución forzosa del laudo ante el Juzgado de Primera Instancia mediante un sencillo y rápido procedimiento.
Por último la delegada de Consumo ha solicitado la colaboración de los consumidores y usuarios de Rota, para que en estos momentos tan difíciles para el comercio de nuestra localidad a causa de la alerta sanitaria del COVID 19, realicen sus compras en Rota.
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